Coberturas
Qué cubre tu obra social y cuándo necesitás autorización previa.
Consultas médicas
Consultas con médicos de cabecera y especialistas de la red. Buscás al profesional en Buscar prestador y sacás turno. En general no requieren autorización previa.
Estudios y diagnóstico
Diagnóstico por imágenes y análisis de laboratorio, con la orden de tu médico. Los de mayor complejidad o en internación requieren autorización previa.
Medicamentos
Los medicamentos ambulatorios se compran en las farmacias adheridas, con tu credencial y la receta (prescripta por nombre genérico). Ipross cuenta con un formulario terapéutico que define los medicamentos cubiertos. Los tratamientos crónicos o de alto costo se cubren a través de programas específicos, con autorización.
Internación
Internación clínica, quirúrgica y obstétrica en la red. Las internaciones programadas requieren autorización previa; las urgencias se atienden presentando la credencial.
Discapacidad
Cobertura integral para afiliados/as con Certificado Único de Discapacidad (CUD): rehabilitación, terapias y apoyos como acompañante terapéutico, cuidador domiciliario, enfermería, internación domiciliaria y provisión de pañales (con indicación médica). También estimulación temprana en bebés y rehabilitación por ACV.
Qué no cubre Ipross
- Prestaciones realizadas por prestadores fuera de la red de Ipross.
- Prótesis u órtesis de marca o proveedor determinado, o importadas cuando exista una equivalente.
- Prótesis miogénicas o bioeléctricas.
- Cirugía plástica no reparadora.
- Accidentes de trabajo y medicina laboral.
- Habitación individual, cambios de categoría y extras no previstos en el nomenclador.
Los importes que se reconocen son los del Nomenclador Ipross vigente a la fecha de la prestación. Esta información es general y algunas prestaciones pueden requerir autorización previa.